La Asociación de Hoteles y Turismo de la República Dominicana (ASONAHORES) y la Asociación de Hoteles del Santo Domingo (AHSD) pidieron que el alcalde Roberto Salcedo sea sometido a un juicio político a través de la Cámara de Diputados.
Acusaron al ejecutivo municipal de promover la creación de impuestos municipales que constituyen una “usurpación de las funciones del Congreso Nacional y una violación a la Constitución y las leyes”.
La posición de los gremios del sector turístico fue presentada ante una comisión del Senado, presidida por el representante Charlie Mariotti, durante una audiencia especial en la que también participaron directivos de las principales organizaciones empresariales del país, incluyendo el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP); La Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD); la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE); y la Asociación de Constructores y Promotores de Viviendas (ACOPROVI).
La audiencia fue celebrada a solicitud del senador de la provincia de Azua, Rafael Calderón, quien manifestó su preocupación por la decisión del Ayuntamiento del Distrito Nacional de aprobar nuevos impuestos por encima de sus facultades institucionales. En iguales términos se pronunciaron los senadores Euclides Sánchez, de La Vega; Julio Cesar Valentín, de Santiago, y Marioti, de Monte Plata.
El planteamiento de las organizaciones del sector Turismo esta contenido en una instancia presentada a la comisión especial del Senado por el presidente de ASONAHORES, Julio Llibre, su vicepresidente ejecutivo, Arturo Villanueva; y el presidente de la Asociación de Hoteles de Santo Domingo, Roberto Henríquez.
El artículo 83 de la Constitución establece que es atribución de la Cámara de Diputados: “Acusar ante el Senado a las y los funcionarios públicos elegidos por voto popular” cuando cometa “faltas graves en el ejercicio de sus funciones”, con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula.
La instancia presentada al Senado explica que con las cuestionadas ordenanzas promovidas por Salcedo Gavilán y aprobadas por el Consejo Municipal se viola los artículos 93.1ª, 200 y 243 de la Constitución proclamada el 26 de enero del 2010; el artículo 274 de la Ley número 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios; artículos 1, 2 y 3 de la Ley número 18-88 de Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados (IPI) , modificados a su vez por la Ley número 288-04; y el artículo 15 de la Ley número 108-05 de Registro Inmobiliario del 23 de marzo del 2005 y sus Reglamentos de aplicación.
0 comentarios:
Publicar un comentario
Deje su mensaje